En el fondo siempre nos resumimos a lo mismo, el seguro cuesta mucho y no cubre nada. No es la primera vez que se habrá oído esto, seguro que a todos nos suena, por ejemplo alguien dice que el seguro de su Comunidad no le cubre las lluvias que causen daños a menos que se supere cierto límite, (conocido en el sector como de 40Litros/m2), entonces…, para qué quiero un seguro!!! (alguien se queja amargamente…), démosle la vuelta a la tortilla, si no se utiliza un límite damos por válido que por poco que llueva debe cubrirse el daño, si se producen daños lloviendo poco, algún problema grave tiene que haber en la estructura para permitir que se filtre el agua, ya puestos podría haber un agujero importante y tendría que cubrirse igualmente claro está, vamos, que si no hay cubierta qué más da…, y dado esto, habría incertidumbre en la producción del siniestro???, si no hay incertidumbre en la realización de un suceso, entonces es un suceso cierto, por tanto no puede haber seguro, por tanto no hay póliza, ¿¿¿quizá sería mejor poner una hucha y ver hasta dónde nos llega el presupuesto???. Pero eso sí, si hay un agujero en la cubierta, antes lo arreglaremos…En fin, que todo tiene su historia pero en temas de seguros, todos entendemos lo que queremos.
Archivado en 9 junio 2011
El Seguro es complejo, nosotros muy básicos
9 junio, 2011La innovación en el seguro y google transit
9 junio, 2011Uff, esta mañana iba en el tren, camino de la oficina, twiteando. «¿has visto la aplicación de google transit?». Pincho en el enlace y me lleva a la página de google donde puedo ingresar la dirección donde estoy actualmente (o dejar que mi iphone me ubique de forma automática) y la dirección donde quiero ir. Voalá!!. Me indica qué transporte público debo coger, parada en la que tengo que bajarme, etc etc, e incluso el tiempo que tardaré. Pero lo mas interesante, es que me lo dice en tiempo real, indicandome la mejor opción en función del tráfico en el momento y otros parámetros.
Y esto, en los seguros, ¿para cuando?. YCAR de Mapfre es un producto que quiere acercarse a ello, proponiendo (a la española) el pay for use ingles. Para otros ramos… nada de nada. Solo para el coche o la moto. Vaya desilusión!! » Leer más: La innovación en el seguro y google transit
Una nueva forma de vender seguros
8 junio, 2011La ley nos permite a los corredores cobrar los servicios de mediación de las pólizas de dos formas diferentes:
1- la tradicional: la compañía en la que colocamos el riesgo, nos paga un tanto por ciento de la prima en forma de comisión;
2 – la desconocida: en forma de honorarios. Es decir, renunciando a la comisión que nos paga la compañía, descontandolo en la póliza y cobrándoselo al cliente en forma de honorarios que pactemos con él.
Ya me ha ocurrido con algún cliente, que le propones esta segunda fórmula de cobro de honorarios y desconfía. ¿Por qué?. Aquí también se me plantean dos opciones: » Leer más: Una nueva forma de vender seguros
Seguro de Responsabilidad Civil y D&O, un tándem más que recomendable
7 junio, 2011Nunca dejo de sorprenderme de la cantidad de veces que uno lee algo en las noticias de lo que casi no tenía constancia pero que paso realmente y fue espeluznante. Hoy viene publicado en uno de los medios de tirada nacional más importantes, el sobreseimiento de un caso en el que se vio envuelta una empresa española con el Gobierno de Panamá por unos hechos que ocurrieron el año 2003. El Gobierno de Panamá sacó a concurso la compra/suministro de una sustancia química con la que elaborar un jarabe que pretendía distribuir posteriormente entre la población más desfavorecida de forma gratuita. » Leer más: Seguro de Responsabilidad Civil y D&O, un tándem más que recomendable
El seguro de responsabilidad civil decenal
7 junio, 2011La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) determina las responsabilidades que los agentes intervinientes en la construcción de una obra (arquitecto, proyectista, constructor, promotor, etc) tienen en la misma. Así, establece tres tipos de responsabilidades:
1 – Durante un año, el constructor responderá de los daños materiales en el edificio derivados de una mala ejecución.
2 – Durante tres años, todos los agentes que intervengan, serán responsables de los daños materiales en el edificio causados por vicios o defectos que no permitan habitar el edificio.
3 – Durante diez años, todos los agentes que intervengan, serán responsables de los daños materiales en el edificio causados por vicios o defectos que afecten a la seguridad estructural del edificio. » Leer más: El seguro de responsabilidad civil decenal
¿Pero qué pasa con la banca?
6 junio, 2011Está visto que si los tribunales ven con buenos ojos eso de que los bancos (banca-seguros) puedan colocar productos aseguradores simplemente porque tienen al cliente pillado por cualquier sitio, digámoslo así para no utilizar palabras malsonantes, es decir que no les hace falta casi ni saber lo que es un seguro, algo habrá que cambiar en las leyes para que no se produzca lo que a todas luces es una gran incongruencia o contradicción. Porque luego, bien que se monta en los tribunales con los de los clips hipotecarios sin ir más lejos… no valdría más prevenir que curar??.
ACCA y Agacose piden a la UE que se prohíba a la banca vender seguros
6 junio, 2011Podíamos leer esta noticia en la web de aseguranza.
¡¡¡¡Olé por los corredores catalanes y gallegos!!!!
Por fin alguien levanta la voz, cuando más bien debería ser la propia DGSFP quien lo hiciera, porque, si ese organismo vela para que los clientes estén bien informados, como nos exige con los análisis objetivos y los planes de formación de nuestra gente, que me digan como es posible que un empleado o comercial de banco pueda asesorar objetivamente de lo que es mejor para el cliente cuando le pagan la comision o el sueldo para que venda SOLAMENTE su producto, de su banco; es por ahí por donde vienen los fraudes, engaños, decepciones y mala prensa del seguro, porque el comercial o empleado de banca le mete con calzador el producto que sea porque vive de ello; si no, no cobra. » Leer más: ACCA y Agacose piden a la UE que se prohíba a la banca vender seguros
Periodo de indemnización de un siniestro
1 junio, 2011Hace unos minutos respondía la pregunta de un asegurado sobre el periodo de pago de las indemnizaciones en el caso de un siniestro. Me parece muy interesante ponerlo aquí para vuestra información:
Según la ley, una vez conocidad las circunstancias de un siniestro por parte de una aseguradora, esta última tiene 40 días para pagar la indemnización. Obviamente, podemos presentar alegaciones frente a nuestra compañía si no estamos de acuerdo con dicha indemnización. Eso sí, el expediente del siniestro debe quedar cerrado a los 90 días.
Algunas aseguradoras apuran tanto los tiempos que, a veces, se pasan y no cumplen con la ley. Primero se lo notificamos por escrito presencialmente en la oficina mas cercana y, si siguen sin hacernos caso, burofax con acuse de recibo reclamandoles el pago de la indemnización.